Esta cobertura solo cubre los gastos derivados de la asistencia o de los tratamientos odontológicos de urgencia e indispensables para aliviar el dolor y/o frenar una infección.
Se cubren los abscesos, un dolor de muela, una endodoncia, si hay que extraer u obturar algún diente porque se haya caído un empaste, etc. En cambio, no estás cubierto si, por ejemplo, si has decidido reemplazar el diente por uno nuevo de porcelana o un prótesis.
Atención: tampoco se cubrirá la gingivitis, ni las caries que ya tengas al emprender tu viaje y que no te hayas tratado antes. Es obligatorio antes de viajar que trates cualquier problema que puedas tener porque no se cubrirá ninguna enfermedad o problema preexistente.
En resumen, no estás cubierto si quieres tratar una carias que ya tenías antes de emprender tu viaje, en cambio, si te aparece una durante el viaje, sí estarías cubierto.
El límite de gastos odontológicos de urgencia es de 600 € por persona y por año.